Seguro de Sepelio Eterno
para Empresas
Eterno es un seguro de sepelio de MAPFRE – de contratación colectiva – dirigido a empresas y asociaciones civiles, ideado para ofrecer el servicio funerario ante el fallecimiento del asegurado y así preservar la intimidad y
calma de sus seres queridos.
Eterno es un seguro de sepelio de MAPFRE – de contratación colectiva – dirigido a empresas y asociaciones civiles, ideado para ofrecer el servicio funerario ante el fallecimiento del asegurado y así preservar la intimidad y calma de sus seres queridos.
Con Eterno, un seguro integral de sepelio, toda empresa o asociación civil puede contratar este seguro para acompañar, en esa instancia, a los familiares de socios y empleados.
Es decir, a través de Eterno, el seguro de sepelio para empresas de MAPFRE, los familiares del asegurado tendrán todo resuelto ya que podrán coordinar telefónicamente los servicios fúnebres necesarios, cubiertos por la póliza, sin tener que realizar trámites en forma personal.
Coberturas
Eterno, el seguro de sepelio para empresas de MAPFRE, comprende la:
- Cobertura ante fallecimiento
Por enfermedad o accidente
- Coordinación telefónica centralizada 24 hs
Sin trámites personales.
- Permite asegurar sin requisitos al cónyuge
Hijos, padres y padres políticos.
- Cobertura con más de 600 prestadores en todo el país
Beneficios y ventajas
Diferenciales:
Servicios las 24 horas
Durante los 365 días del año.
Coordinación del servicio
Centralizada.
Alcance
Nacional.
Requisitos y restricciones
Requisitos de asegurabilidad
Los requisitos de asegurabilidad del seguro de sepelio para empresas de MAPFRE, se establecerán de acuerdo con las características del grupo asegurable, estando comprendidos:
Titulares empleados: deberán cumplir con el requisito de servicio activo.
Cónyuge, hijos, padres y padres políticos: sin requisitos.
Se entiende por servicio activo el desempeño normal de tareas al servicio de un empleador (con cumplimiento de horario completo y percepción regular de haberes), al momento de emisión de la póliza. El uso de vacaciones o licencias ordinarias y extraordinarias no es servicio activo.
Asociados: los requisitos se definirán para cada caso en particular.
Descargar desde aquí.
*Condiciones contractuales de la Póliza Seguro de Sepelio (“Contratos de adhesión – Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor”).